El laberinto administrativo y burocrático
Fouad Borni
7/19/20264 min leer


Dispersión de competencias y desconocimiento legal: El costo de la falta de formación institucional y la negligence de ambas "partes"
Si el obstáculo soberano genera recelo, el laberinto administrativo constituye el escenario cotidiano donde dicho recelo se transmuta en un bloqueo burocrático asfixiante para los derechos de los musulmanes en España. Aquí transitamos de la teoría política al lenguaje punzante de las cifras, las licencias, los planes de ordenación urbana y la maraña en la distribución de competencias entre el Gobierno Central, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.
Dispersión competencial y la burocracia de "local comercial"
Esta fragmentación de competencias es instrumentalizada, en ocasiones, como un mecanismo sutil para dilatar los plazos y eludir los logros constitucionales; así, una licencia para la apertura de una mezquita o la concesión de un cementerio puede quedar encallada durante años entre los pasillos municipales y autonómicos. Este bloqueo no siempre obedece a la mala fe, sino que dimana, con frecuencia, del desconocimiento flagrante de muchos funcionarios municipales respecto a los términos del Acuerdo de 1992 y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa. El personal técnico a menudo ignora la especificidad jurídica y constitucional de los lugares de culto, evaluándolos bajo la fría lógica aplicable a un local comercial, lo que propicia un constante traspaso de responsabilidades entre administraciones.
Nuestra realidad interna: El costo de la ignorancia y la cultura de la evasión
No obstante, la honestidad y la imparcialidad nos obligan a confrontar una amarga realidad interna: una parte sustancial de las batallas administrativas que se pierden, y el severo precio que sufragan mezquitas y asociaciones, no deriva exclusivamente del "enrocamiento de la Administración", sino directamente del desconocimiento de las leyes reguladoras por parte de la mayoría de los directivos de estas entidades religiosas en sus distintos niveles.
Hemos constatado durante largo tiempo cómo numerosas juntas directivas son gestionadas por personas carentes de los rudimentos básicos de la cultura jurídica española. Existe una preocupante ausencia de nociones sobre los límites competenciales de cada institución, lo que es legalmente viable y lo que está proscrito, así como el modo correcto de interactuar con cada departamento administrativo según su especialidad.
Más grave aún que la ignorancia es la arraigada "cultura de la evasión". Determinadas entidades pretenden sortear los requisitos de seguridad, los baremos de las licencias municipales o las normativas urbanísticas, bajo la premisa de que, mediante una audacia rudimentaria, pueden situar a la Administración ante hechos consumados. Las consecuencias son invariablemente contraproducentes y drásticas: clausuras de locales, sanciones económicas gravosas y la caída en el bucle del "recelo policial y administrativo permanente". Las autoridades se topan con expedientes caóticos, desprovistos de la mínima sistemática de archivo y documentación, lo que debilita la posición de la comunidad y deteriora su imagen como interlocutor respetuoso del Estado de Derecho.
La negligencia de la cúpula: La inacción de la CIE y las federaciones en la formación
Es aquí donde alcanzamos la raíz estructural del problema. Este caos y la improvisación en las bases no son un destino inevitable, sino el resultado directo de la renuncia de la Comisión Islámica de España (CIE) y las federaciones a sus funciones fundacionales. La razón de ser de estas estructuras de representación superior —además del deber de velar por la implementación efectiva del Acuerdo— debió pivotar sobre la institucionalización del hecho religioso mediante la capacitación técnica de los cuadros directivos.
La dirigencia, sin embargo, priorizó las disputas por cuotas de representatividad, desatendiendo por completo la organización de cursos de formación, seminarios jurídicos y la elaboración de manuales que permitieran a los gestores locales comprender la legislación urbanística española, las obligaciones fiscales y la tramitación de licencias. Esta ausencia absoluta de una "escuela de gestión administrativa" en el seno de la representación oficial ha dejado a los responsables de las mezquitas desarmados y aislados ante el coloso burocrático español, agudizando la arbitrariedad y profundizando la crisis.
El enfoque del Estado: Obsesión fiscalizadora frente a formación proactiva
En contraposición, la Administración española y las fuerzas de seguridad incurren en un error estratégico equivalente. En lugar de que el Estado —como garante último del ejercicio de los derechos constitucionales— promueva canales de capacitación jurídica y administrativa proactiva para estos gestores, ha optado por la vía más coercitiva y punitiva: la lógica de la vigilancia estricta, la fiscalización y la sanción.
¿No hubiera sido más constructivo que los ministerios competentes y los organismos públicos (como la Fundación Pluralismo y Convivencia), en coordinación con las fuerzas de seguridad, la CIE y las federaciones, adoptaran un enfoque preventivo y de acompañamiento? Dotar a los gestores de los lugares de culto de programas formativos sobre los aspectos legales y procedimentales habría desactivado malentendidos, disipado la opacidad y facilitado la incorporación fluida de estas entidades en el tejido del Estado de Derecho. Limitarse al "rol de gendarme" que aguarda la comisión del error para clausurar o sancionar, evidencia la persistencia de un enfoque primordialmente securitario por encima de una voluntad real de tutela de derechos e integración.
La transparencia voluntaria como herramienta de institucionalización
En este complejo escenario, los responsables de los centros suelen obviar un resorte estratégico fundamental: "la transparencia voluntaria". Si cada entidad religiosa se esforzaría en aplicar una "transparencia digital", publicando de forma clara en portales oficiales sus programas anuales, presupuestos, identidades y trayectorias de sus gestores, neutralizaría las suspicacias y desmontaría la inercia del recelo sistemático. La claridad del orden interno impone respeto y disipa sospechas.
Las licencias urbanísticas, la apertura de lugares de culto y la reserva de parcelas de enterramiento no son meros trámites documentales; constituyen una auténtica "batalla de competencia legal". La implementación efectiva del Acuerdo de 1992 no prosperará mientras no se transite de la gestión de crisis mediante la improvisación —y de la política de sospecha por parte del Estado— hacia una cultura de "institucionalización, profesionalidad y capacitación compartida", donde se conozcan con precisión los derechos y se asuman con rigor las obligaciones.
Sin embargo, si el desconocimiento de la ley nos cierra las puertas de la Administración, ¿qué ocurre con las limitaciones que genera la propia estructura de nuestras instituciones representativas desde el interior? Esto es lo que comenzaremos a desmantelar la próxima semana, si Dios quiere.