El Obstáculo Político y de Soberanía (Parte 2)
Fouad Borni
7/19/20265 min leer


El dilema de la confusión entre el expediente religioso y el migratorio: El Islam y la paradoja del "cuerpo extraño"
En la primera parte de este artículo abordé el impacto del enfoque de seguridad en la paralización de los derechos de los musulmanes en España. Sin embargo, existe otra vertiente de igual trascendencia: la sistemática confusión —que aún persiste en diversas esferas— entre el hecho religioso y las políticas de inmigración e integración. Esta distorsión conceptual genera una obstrucción injustificada de derechos financieros, culturales e históricos que resultan determinantes.
Las entidades islámicas, en su raíz, no son asociaciones de inmigrantes; son instituciones religiosas cuyo cometido fundamental debe ser la salvaguarda de las libertades garantizadas por la Constitución y la gestión del culto desde una ciudadanía plena. No obstante, en reiteradas ocasiones, la mezquita, la enseñanza religiosa, los cementerios islámicos y todo lo concerniente a los musulmanes se ha examinado bajo el mismo prisma con el que se evalúan los flujos migratorios y las necesidades logísticas temporales de los recién llegados.
La financiación: La paradoja de la asignación tributaria
Al respecto surge una interrogante crucial que planteé en la introducción de esta serie: ¿Por qué la institución representativa de los musulmanes no se beneficia de la asignación tributaria (la casilla del IRPF) en igualdad de condiciones que la Iglesia Católica? Privar a la gestión religiosa musulmana de este derecho perpetúa la noción de que el Islam sigue siendo tratado como una "confesión de segunda categoría" o como un asunto propio de una diáspora transitoria que no merece la actualización de su financiación a nivel local.
Un análisis riguroso de este escenario reveals dos factores correlacionados: en primer lugar, la falta de una voluntad política real por parte de la Administración española para articular el marco financiero islámico internamente; y, en segundo lugar —lo cual resulta más doloroso—, la ausencia de una exigencia firme y una defensa jurídica profesional por parte de las sucesivas organizaciones de representación musulmana, las cuales se resignaron al statu quo sin emprender una verdadera batalla legislativa para consolidar este derecho constitucional.
Nueva realidad y generaciones nativas: La crisis del desarraigo y la tutorización externa
Esta equiparación entre religión e inmigración poseía cierta lógica en las primeras décadas, cuando la mayor parte de los musulmanes procedía del exterior. En la actualidad, el panorama ha mutado radicalmente: coexisten ya una segunda, tercera y cuarta generación nacidas en España, escolarizadas aquí, poseedoras de la nacionalidad y que conciben este país como su único y natural hogar. A este tejido humano se añade un factor frecuentemente omitido: el volumen creciente de ciudadanos españoles de origen que han abrazado el Islam por convicción, individuos que carecen de cualquier vínculo con la experiencia migratorio y que son hijos de esta cultura, lengua y sociedad.
No obstante, la perpetuación de la idea del "cuerpo extraño" no se nutre únicamente de los sesgos de la Administración; también es alimentada por dinámicas internas disfuncionales, expresadas en la aceptación de la injerencia extranjera a través de "misiones de tutorización espiritual y de guía formativa" enviadas desde el exterior para dirigir las comunidades y dictar las pautas de su práctica religiosa. Esta dependencia institucional de delegaciones foráneas proyecta, de manera estructural, la noción de que el Islam en España no es un sujeto civil autónomo, sino un mero "apéndice político y cultural supeditado a terceros países". Esto otorga tanto a las instituciones como al imaginario social un argumento adicional para abordarlo como un elemento ajeno que carece de la capacidad de autorregulación y arraigo local.
El peligro latente de prolongar esta subordinación y confusión estriba en su profundo impacto psicológico y social. Ha inoculado en muchos de estos musulmanes, incluidos los españoles de origen, una crónica y dolorosa sensación de ser "extranjeros" en su propia tierra, excluidos de la identidad colectiva. Este sentimiento de marginación y sospecha persistente está empujando a amplios sectores —en no pocas ocasiones— hacia la autoexclusión y el repliegue identitario, provocando su desconexión de la participación activa en la construcción social, política y civil del país. Se trata de un proceso de expulsión moral que priva a la sociedad de talentos y energías jóvenes que podrían actuar como motores de progreso, si no fuera porque las dinámicas de estigmatización y las lógicas de tutela externa les hacen percibir su ciudadanía como algo condicionado o incompleto. Esta diversidad exige que la Administración transite definitivamente de la "gestión de la población inmigrante" hacia la "gestión de la diversidad religiosa y la ciudadanía en igualdad".
El factor histórico omitido y el derecho al legado: Población autóctona, no foránea
La paradoja se agudiza al evocar la memoria histórica: ¿Por qué se restringe a los musulmanes el reconocimiento y disfrute de un legado patrimonial que perteneció a sus antepasados como parte constitutiva de la identidad nacional? En el discurso político y mediático predominante, el Islam suele presentarse como un elemento alóctono, reciente y advenedizo, ignorando una realidad histórica incuestionable: la civilización islámica se prolongó en la península ibérica durante casi 800 años (ocho siglos), una vasta dimensión temporal que representa más del 40% de la historia escrita de España. Más aún, los habitantes de aquel floreciente periodo no eran extranjeros que llegaron de tierras remotas para luego marchar, sino que en su inmensa mayoría eran poblaciones autóctonas de la península que abrazaron el Islam y forjaron en este suelo una civilización cuyas huellas permanecen vivas en el idioma, el urbanismo, la filosofía, las ciencias y la propia toponimia de ciudades y pueblos.
El propósito de este argumento no es la reclamación de privilegios históricos; los derechos se fundamentan en la ciudadanía y el marco legal presente, no en la nostalgia. Sin embargo, resulta éticamente complejo aceptar que una confesión que contribuyó estructuralmente a la configuración civilizatoria de la península ibérica sea percibida como un "cuerpo extraño" despojado de su continuidad histórica y cultural. Es imperativo mudar el eje del debate: de interrogarse "¿cómo gestionar un fenómeno foráneo?" a plantearse estratégicamente "¿cómo articular una realidad religiosa que es intrínseca a la España contemporánea y que posee raíces profundas en su memoria y su tierra?".
La instrumentalización del Islam bajo variables estrictamente de seguridad o extranjería, ligada a la desposesión de sus facultades financieras y culturales, a la aceptación de tutelas externas y a la marginación de su sustrato histórico, constituye uno de los pilares del bloqueo del Acuerdo de 1992. No obstante, aun cuando estos recelos se disiparán, los musulmanes se enfrentarían a otro obstáculo no menos severo: el laberinto burocrático y la fragmentación de competencias entre la Administración central y las comunidades autónomas, un entramado que analizaremos pormenorizadamente en nuestra próxima entrega, Dios mediante.